Reglamento interno

¡Hola vecinas/os! Les dejamos el reglamento interno original que se firmo por los compradores originales de los terrenos. El mismo debe de ser respetado para mantener las normas de convivencia. Originalmente el barrio se iba a llamar “Verdes de Ricardo” para luego pasar a llamarse “Barrio San Antonio”.

Reglamento condominio “Verdes De Ricardo”

 

 

El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas para la construcción de toda obra de edificación, refacción o modificación de cualquier índole a realizarse dentro del predio “VERDES DE RICARDO” sin perjuicio de las disposiciones provinciales y Municipales vigentes. La Administración será el encargado de hacer cumplir el presente Reglamento.

No habrá limitaciones de tipo estético a los proyectos a ejecutar, sólo deberán cumplir ciertos estándares mínimos que se rigen por el arte del buen gusto y el presente reglamento.

El objetivo del presente es generar en todo el entorno del barrio, proyectos que se incorporen al paisaje y respeten su naturaleza.

 

Caracterización

 

Se propone un perfil de ciudad jardín manteniendo el predominio del tejido abierto.

Ocupación máxima

F.O.S.: 0.4

F.O.T.: 0.6

Altura máxima, 8 metros, y/o hasta dos plantas.

Los lotes caracterizados se proyectan para uso Residencial, permitiéndose una unidad Residencial por parcela.

 

Retiros de frente

 

Se establece un retiro mínimo de frente de 3 metros.

 

En el terreno entre medianera:

 

Se establece un retiro mínimo de 2,5 metros.

 

En terreno en esquina

 

Se establece un retiro mínimo de ambos frentes de 3 metros.

 

Retiros de fondo

 

Para calcular los retiros, se deberá dejar libre como retiro de fondo un tercio (1/3) del largo del terreno y respetar los retiros laterales.

 

Construcciones complementarias

 

Todas las construcciones complementarias deben conformar una unidad con la vivienda principal. En ningún caso se podrán construir separadas de la construcción principal.

Los lavaderos, tendederos, depósitos de cualquier otro tipo de construcciones auxiliares deberán conformar volúmenes cerrados que impidan las visuales desde la calle y parcelas vecinas.

 

Deberá preverse en la construcción de espacio suficiente para depósito de herramientas, leña, elementos y equipos de jardinería, de pileta, etc. Este tipo de elementos no podrá estibarse a la vista de vecinos y a la calle.

 

Piletas

 

Los planos de construcción y la ubicación deberán cumplir las exigencias de los retiros a cuyos efectos las mediciones se efectuarán desde el borde de la cara interior (pelo de agua).

 

Restricciones:

Distancia del espejo de agua a ambos ejes divisorios y fondo: 3,00 mts.

 

Desagote: El desagote de las piletas se realizará en las cunetas del frente de los lotes pudiendo como alternativa, realizarse por riego por aspersión sobre el lote. Deberá figurar en el plano el tipo de cañería, recorrido y lugar de desagüe de éste afluente.

Queda expresamente prohibido vaciar las piletas a la red cloacal.

El desagote de las piletas podrá realizarse solo los días de semana (lunes a viernes) y con un máximo de 3 veces en el año. En ningún caso se permitirá el desagote a terrenos vecinos o a la vía pública en forma directa.

Será obligatorio que toda pileta cuente con filtros y sistemas automáticos de filtrado diario, a fin de evitar desagotes reiterados.

 

Tendederos, Lavaderos, parrillas y otras construcciones complementarias

 

Los lavaderos y/o tendederos de ropa deberán tener cerramientos con las características arquitectónicas de la vivienda de forma que impidan su visualización desde los terrenos vecinos y desde la calle.

No se permitirá ningún tipo de construcción cubierta, semicubierta, o elementos auxiliares en las franjas de retiro obligatorio.

 

Estacionamiento / Pérgolas

 

Guardacoches:

No se deberá estacionar en las vías de circulación

Es obligatorio proyectar un lugar de estacionamiento para dos (2) vehículos.

 

Modificación del perfil natural del terreno

 

Queda prohibida la construcción de taludes, muros de contención y/o cualquier elemento que pudiera impedir el libre escurrimiento de las aguas.

 

Obrador

 

El obrador deberá construirse respetando los retiros, estará construido con materiales en buen estado, y será mantenido en buenas condiciones hasta la finalización de las obras.

Está terminantemente prohibida la utilización de los espacios comunes y/o terrenos vecinos para la guarda o depósito de materiales de construcción.

 

Grupos electrógenos y otras instalaciones

 

Los grupos electrógenos u otras instalaciones deberán cumplir con los retiros establecidos, y contarán con pozo de absorción de ruidos y gabinete acústico de manera tal que se asegure la tranquilidad de los vecinos.

 

Pozos ciegos y cámara séptica. Biodigestores

 

Se podrá ocupar los retiros de frente, laterales y fondo, siempre que se mantenga una distancia no menor a 1,00 m de los límites medianeros.

Cada construcción deberá contar con un tanque biodigestor para la reutilización de las aguas, y la no contaminación de napas, entre otras.

 

Ejecución mantenimiento y cuidado de la obra y de las parcelas.

 

El propietario y el constructor serán responsables solidariamente del cumplimiento de las siguientes normas:

 

  1. Acceso a obra:

Deberá construirse una planchada o rampa desde el cordón cuneta hasta terminar la línea municipal, de 3,50 m de ancho para la descarga de los materiales en obra, previo al comienzo de la construcción de la platea.

 

  1. Limpieza y mantenimiento: Mantener la limpieza de las calles durante la ejecución de obra.

 

  1. Mantener limpio el terreno de malezas y basura, sea estando baldío, en construcción o con la obra parada y con el pasto corto.

 

  1. No deberán dejarse excavaciones en general ni elementos en condiciones tales que puedan ocasionar accidentes. En caso de necesidad y por un máximo de 72 hs., la excavación abierta deberá permanecer cercada con elementos de alta visibilidad.

 

  1. Quedan totalmente prohibidos los trabajos de obra los días sábados después de las 13 hs, y los domingos y feriados durante todo el día.

 

Descarga de materiales y preparación de mezclas

 

No descargar materiales ni preparar mezclas fuera de los límites del terreno. No arrojar tierra, materiales de construcción o desperdicios en las cunetas, estando a su cargo la limpieza de las mismas en forma inmediata si no se hubiese cumplido esta norma.

 

Construcciones permitidas

 

Solamente serán permitidas las construcciones de primera calidad. Dentro de estos criterios se permiten las construcciones en seco que cumplan con los requisitos que en el presente se detallan. Los techos deberán ser de tejas cerámicas, pizarra o chapa prepintada, asentados sobre estructura de madera, hormigón o metálica. También se permite como tipología de techos la denominada cubierta plana, pero en este caso deberán contar en su terminación superficial con materiales no reflectivos de aspecto uniforme y estéticamente acordes con los requerimientos generales.

En las cubiertas planas no se permitirán membranas asfálticas con o sin aluminio, ni chapas galvanizadas como terminación superficial de los techos y deberán mantener una imagen cordial a la vista de los vecinos en pisos o alturas superiores. No se autorizarán revoques exteriores sin terminación superficial o pintura.

Las fachadas de una misma propiedad (todos los frentes serán tratados como tales) serán similares y homogéneas en cuanto a tipo, color, textura y calidad de materiales, de manera que se logre una total armonía arquitectónica, contemplando el arte del buen gusto.

 

Destino de las construcciones

 

La construcción a efectuarse en el lote será destinada únicamente a la vivienda familiar.

El propietario y el constructor serán los únicos responsables por accidentes de trabajo ocurridos al personal ocupados por los mismos en la ejecución de las obras dentro del predio. Deberán contar con todos los seguros obligatorios por ley como mínimo. Por lo tanto con la sola firma del presente reglamento por parte de los responsables, VERDES DE RICARDO deslinda toda la responsabilidad por los hechos que pudiesen ocurrir.

 

Árboles o arbustos

 

No podar árboles ubicados fuera de los límites del predio del propietario sin autorización expresa de la Comisión. Todo elemento (ramas, tronco, raíz, etc.) proveniente de la extracción o poda de árboles o arbustos del jardín de cada propiedad, no se puede depositar en los terrenos vecinos ni en la calle. La idea general es la de mantener el aspecto de parque común, respetando la privacidad indispensable para cada unidad. Esto se logrará previendo la magnitud, proporción y cantidad de las especies a plantar.

 

Ruidos molestos

Terminantemente prohibido hacer ruidos molestos y poner música a volumen muy alto, salvo por motivos de fiestas que podrán realizarse los sábados y domingos durante el día, o los sábados por la noche

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